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Subsidio Unificado al Empleo: qué cambia desde el 1 de octubre

Desde el 1 de octubre de 2026 comienza a operar el Subsidio Unificado al Empleo (SUE), que reúne en un solo instrumento apoyos que antes se entregaban mediante el Subsidio al Empleo Joven, el Bono al Trabajo de la Mujer y el Subsidio Previsional.

El nuevo sistema busca facilitar la contratación formal y amplía el foco hacia cuatro grupos: jóvenes de 18 a menos de 25 años; mujeres de 25 a menos de 55; personas de 55 a menos de 65 años; y personas con discapacidad desde los 18 años inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad.

El beneficio puede llegar hasta el 20% de la remuneración bruta para el trabajador y contempla además un aporte para el empleador. El monto combinado puede alcanzar hasta $185.000 mensuales, pero no es una suma que reciba automáticamente cada persona.

¿Qué cambia?

El SUE integra los programas anteriores bajo un mecanismo común. Quienes ya reciben el Bono al Trabajo de la Mujer, el Subsidio al Empleo Joven o el Subsidio Previsional no pierden automáticamente el beneficio: existe un período de transición y los pagos ya asignados continúan según las condiciones correspondientes.

Para quienes postulen al nuevo sistema, el trámite será 100% digital, mediante la Ventanilla Única Social o el sitio oficial de SENCE. No habrá una fecha única de postulación: se podrá solicitar desde el 1 de octubre, siempre que se cumplan los requisitos.

Requisitos y montos: qué revisar?

Entre las condiciones generales está tener un trabajo formal, con contrato regido por el Código del Trabajo o rentas de segunda categoría en los casos establecidos, y mantener las cotizaciones al día.

La renta bruta mensual no puede superar los 2,25 ingresos mínimos. Con el ingreso mínimo vigente informado por el Ministerio del Trabajo, el tope equivale actualmente a $1.245.494 brutos mensuales. Si una persona tiene más de un trabajo, se consideran sus ingresos laborales en conjunto.

También se exige haber estado cesante durante seis meses continuos u ocho meses discontinuos en los últimos 18 meses. Durante el primer año de vigencia, además, se debe pertenecer al 40% de menores ingresos del Registro Social de Hogares. Las personas con discapacidad están exceptuadas de este último requisito.

El aporte para trabajadores dependientes puede llegar hasta el 20% del sueldo bruto, dependiendo del tramo de remuneración. Para trabajadores dependientes, el subsidio mensual no puede ser inferior a $13.839, según la información oficial vigente. La empresa puede recibir su propio aporte, también con un tope de 20%.

¿Y qué pasa con el SEJ y el Bono al Trabajo de la Mujer?

El cambio no significa que quienes ya recibían alguno de los beneficios anteriores pierdan automáticamente sus pagos. El Ministerio del Trabajo informa que existe una transición hasta 2027 y que los beneficios ya asignados seguirán pagándose durante el período que corresponda.

Lo importante para quien está buscando trabajo es no confundir la entrada en vigencia de la ley con una postulación automática. Desde el 1 de octubre, las nuevas solicitudes se tramitarán bajo las reglas del SUE y podrán realizarse en línea con ClaveÚnica.

¿Dónde consultar?

La información oficial del programa está disponible en el sitio del Ministerio del Trabajo y en SENCE. La Ventanilla Única Social también será uno de los canales para realizar el trámite.

Los montos en pesos pueden cambiar cuando se modifique el ingreso mínimo mensual, por lo que conviene revisar la información oficial antes de postular.

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