De acuerdo con la Ley 21.724, modificada por la Ley 21.806, para el personal de planta o a contrata del sector público, los montos establecidos son:
$71.206 para quienes tengan una remuneración líquida en noviembre igual o inferior a $1.060.493.
$37.666 para quienes tengan una remuneración líquida superior a $1.060.493 y cuya remuneración bruta permanente sea igual o inferior a $3.511.800.
¿Quiénes pueden recibirlo?
El beneficio está dirigido a funcionarios y trabajadores de las instituciones contempladas en la normativa que regula los aguinaldos del sector público.
El beneficio se paga junto con la remuneración de diciembre.
Para los pensionados, en tanto, los montos también están definidos. La ley establece que tienen derecho a percibir el beneficio quienes mantengan la calidad de pensionados al 30 de noviembre de 2026. El monto base es de $29.055, que se incrementará en $16.415 por cada persona que, a la misma fecha, esté acreditada como causante de asignación familiar o maternal.
Los montos que pueden recibir los pensionados son los siguientes:
Sin cargas familiares: $29.055.
Con una carga familiar: $45.470.
Con dos cargas familiares: $61.885.
Con tres cargas familiares: $78.300.
Requisitos y quiénes lo reciben
Para acceder al beneficio, las personas deben tener la calidad de pensionadas al 30 de noviembre de 2026 y pertenecer a alguno de los grupos contemplados en la normativa.
- Beneficiarios/as de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados/as del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados/as de las ex cajas de previsión y del ex Servicio de Seguro Social.
- Pensionados/as de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
- Pensionados/as de las mutualidades de empleadores.
- Pensionados/as que reciben pensiones de reparación de las leyes Rettig y Valech.
- Pensionados/as de AFP o compañías de seguros que reciben pensiones mínimas con garantía estatal o el Aporte Previsional Solidario de Vejez o de Invalidez.
- Beneficiarios/as de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón.
- Beneficiarios/as del Subsidio por Discapacidad.
Cabe recordar que el aguinaldo se paga automáticamente junto con la pensión de diciembre. Por lo tanto, no es necesario postular ni realizar un trámite adicional para recibirlo.
¿Y los trabajadores del sector privado?
Quienes trabajan en el sector privado enfrentan una situación distinta, ya que la ley no obliga a los empleadores a pagar el aguinaldo de Navidad a este grupo. Se trata de un beneficio que las empresas pueden decidir otorgar, aunque existen excepciones.
Por ejemplo, si el pago está contemplado en los contratos individuales o en acuerdos colectivos, se convierte en un beneficio que debe entregarse obligatoriamente.
Más información: Aguinaldo de Navidad 2026: revisa quiénes lo reciben, cuánto pagan y qué montos faltan por confirmar
